INDEFENSION RELATIVA DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Ley Antiterrorista-Insurgente 2239/02:
https://www.cordobanexo.com.ar/temas/leyantiterrorista.htm
Como ud. ya a leido, la Ley Antiterrorista-Insurgente 2239/02 permite a las FFAA efectuar inteligencia interior-exterior, minimizandose amenaza interna por operatividad de las FFAA y de seguridad e inteligencia, no reconociendose inmunidad diplomática de ningun tipo con actos de terrorismo-insurgencia de servicios de inteligencia extranjeros. Activandose amplia colaboración con Interpol y las Fiscalías Especiales Antiterrorismo Insurgente Argentinas.
Según el plan del Nuevo Orden Mundial de los EE.UU de crear un caos terrorista-insurgente Argentino, a modo de pretexto de una toma hostil de capitales estatales y privados con nuestros recursos naturales a partir de la Intervención Militar ONU, por gran caos terrorista-insurgente, es muy discutible según nuestro anticipar legal y con el especial considerar con nuestro establishment sin diferencias partidarias de derechas o izquierdas, junto a nuestros aliados internacionales erogandose capitales suficientes por armar a 10 millones Argentinos con capacidad de ejercer luchas armadas en 30 días. Como así también el considerar de nuestros Comandos Militares de Elite con operaciones exterminio a gran escala con armas bioquimicas, radiológicas y nucleares dotados de Jams anti lectura de pensamiento satelital, a modo de retaliación disuación persuación de cualquier acto hostil de guerra a nuestro país. Con el honor, fé, carácter y vocación de servicio con nuestras FFAA, Seguridad e Inteligencia de La República Argentina con un contexto seguridad y defensa de óptimo estado por la protección social, cultural, económica y geopolítica de La Honorable República de los Argentinos.